lunes, 31 de enero de 2011

Constitución de 1876


El régimen de la Restauración se dotó de una nueva constitución que, en lo fundamental, es heredera de la moderada de 1845. Se reunieron unas Cortes constituyentes con mayoría canovista. En ellas se debatió y aprobó un anteproyecto redactado por Alonso Martínez, aunque su verdadero inspirador fue el propio Canovas del Castillo.
Principales rasgos de la Constitución:
  • Soberanía compartida Cortes con el Rey. Lo que significaba la negación de la idea de soberanía nacional.
  • Cortes Bicamerales:
    • Congreso elegido
    • Senado en el que se representan las clases poderosas del país:
      • senadores “de derecho propio”: Grandes de España y jerarquías eclesiásticas y militares
      • senadores “vitalicios”, nombrados por el rey
      • senadores elegidos por sufragio censitario de los mayores contribuyentes.
  • Fortalecimiento del poder de la Corona que se constituyó como eje del Estado:
    • Poder ejecutivo: designación de los ministros y mando directo del ejército
    • Poder legislativo compartido con las Cortes:
      • Derecho de veto absoluto sobre las leyes aprobadas por las Cortes
      • Poder de convocar, suspender o disolver las Cortes
  • Reconocimiento teórico de derechos y libertades, que en la práctica  fueron limitados o aplazados durante los gobiernos de Cánovas.
  • No se especifica el tipo de sufragio para elegir el Congreso. Posteriormente, bajo el gobierno del Partido Conservador de Canovas se aprobó la Ley Electoral de 1878 que establecía el  voto censitario, limitado a los mayores contribuyentes.
  • Recorte de la libertad religiosa. Religión católica es declarada religión oficial del Estado.

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